TESTIMONIO DEL REGLAMENTO PARA EL USO DEL SALON Y BAR DEL CENTRO DE OFICIALES RETIRADOS DE GENDARMERIA NACIONAL. -
ARTICULO PRIMERO: Podrán usarlos los socios, 1. Honorarios, 2. Activos, 3. Participantes, 4. Adherentes y toda otra persona debidamente autorizada por el Consejo Directivo, a solicitud de un socio Activo, quien será responsable ante el mismo por las actitudes de cualquier clase de su presentado.-----------------------------------------
ARTICULO SEGUNDO: Para el uso de los referidos locales podrán establecerse “Reservas” las que serán otorgadas por riguroso orden de presentación.- A igual de fecha y momento de presentación las prioridades serán las enunciadas en el apartado anterior.- Dichos turnos de reserva serán llevados en Libro o cuaderno especialmente habilitado en la Secretaria General.------------------------------------------
ARTICULO TERCERO: El Consejo Directivo podrá hacer uso, para sus actos correspondientes, de estos locales, siempre respetando los turnos ya adquiridos con anterioridad.------------------------------------
ARTICULO CUARTO: Todo lo demás inherente a la conducción de estos servicios tales como forma de manejo y administración de los mismos, horarios, vestimentas a usar, formas de pago y de descuentos, serán dispuestos por intermedio de directivas para los asociados, que serán publicadas en tiempo y forma en los boletines informativos, con las modificaciones que la experiencia y las circunstancias aconsejen y de todas las cuales el Consejo Directivo llevara una carpeta de archivo cronológico.--------------------------------
ARTICULO QUINTO: Los aranceles a cobrar son: --------------------------
- Salón usos múltiples:
- Socios: 1) solo salón: equivalente a treinta (30) cuotas de socios activos. 2) contratando servicios del COR: salón gratis (mas costos del evento por persona).
- No socios: 1) solo salón: equivalente a cincuenta (50) cuotas socios activos. 2) contratando servicios del COR: diez (10) cuotas de socios activos (mas costos del evento por persona).
- Espectáculos especiales: a convenir según características.
- Bar 0 Kilometro:
- A socios: 1) solo salón: equivalente a veinte (20) cuotas de socios activos. 2) contratando servicios del COR: gratis (mas costos del evento por persona).
- No socios: 1) solo salón: equivalente a cuarenta (40) cuotas socios activos. 2) contratando servicios del COR: diez (10) cuotas de socios activos (mas costos del evento por persona).
- Espectáculos especiales: a convenir según características.
ARTICULO SEXTO: el Consejo Directivo tendrá la facultad de disponer ajustes en caso de que presenten situaciones especiales. -